divoece-expressDivorcios Express

En un tiempo aproximado de tres (3) semanas los extranjeros o dominicanos residentes en el exterior podrán divorciarse mediante un procedimiento rápido y sencillo, cuando la causa del divorcio sea por mutuo consentimiento.

Artistas como Marc Anthony, Jane Fonda, Elizabeth Taylor, Diana Ross, Mariah Carey, Silvestre Stallone, entre otros han elegido la República Dominica para llevar a cabo estos procedimientos.

La ley 1306-BIS regula todo lo concerniente a este procedimiento. En Beltrán & Taveras contamos con un personal especializado que dará seguimiento a tu caso desde el inicio hasta el final, garantizando un trato personalizado.

Consúltenos y obtendrá la respuesta a su caso en particular.

01 Completar los documentos requeridos para realizar el divorcio (acta de matrimonio, acta de nacimiento de los hijos y otros).

02 Identificar cual de los cónyuges viajará a República Dominicana a completar el procedimiento.

03 Completar el formulario de solicitud del servicio de Beltrán & Taveras.

04 El cónyuge que no viajará al país debe acudir por ante el Cónsul General de la República Dominicana a otorgar poder para realizar el divorcio.

05 Beltrán & Taveras le contacta y le notifica la fecha en la que el cónyuge que viajará al país debe entrar. Coordina detalles de vuelo y alojamiento en República Dominicana.

06 El cónyuge que comparezca a la audiencia deberá presentar al tribunal apoderado un documento de identificación, como cédula de identidad, carnet de seguridad social, pasaporte o licencia de conducir.

07 Beltrán & Taveras realiza nos trámites de registro de la sentencia, pronunciamiento en la Oficialía del Estado Civil, publicación en un periódico de circulación nacional, legalizada la sentencia de divorcio en la Procuraduría General de la República, en el Ministerio de Estado de Relaciones Exteriores y en la Embajada o Consulado correspondiente al país en donde se quiere hacer valer efectivo dicho divorcio.

08 Beltrán & Taveras remite los documentos definitivos al cliente.

  • Acta de Matrimonio debidamente apostilladas y traducidas al idioma español por intérprete judicial.
  • Acta de nacimiento de los hijos debidamente apostilladas y traducidas al idioma español por intérprete judicial.
  • Poder Consular Especial (elaborada ante el Cónsul General de la República Dominicana del país de origen o el que corresponda), el cual deberá ser legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores en la República Dominicana. Este poder lo otorga el cónyuge que no comparecerá a la audiencia de divorcio.
  • Acta Notarial (elaborada por el cónyuge que ingresará a la República Dominicana), contentiva del acto de estipulaciones y convenciones. – Beltrán & Taveras proporciona este trámite.

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